miércoles, octubre 23

Morena ‘se aferra’: busca anular amparo contra reformas constitucionales

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Se modificarían los artículos 103, 105 y 107; los legisladores de la ‘4T’ adelantan que la iniciativa podría aprobarse este jueves.

Para confirmar la “supremacía constitucional” y neutralizar la lluvia de suspensiones judiciales en contra de la reforma al Poder Judicial, diputados y senadores de Morena y sus aliados del PT y PVEM presentaron una nueva iniciativa de reforma constitucional.

La propuesta, presentada en el Senado como cámara de origen, sugiere modificar los artículos 103, 105 y 107 de la Constitución, para establecer que no proceden los juicios de amparo ni los medios de control contra reformas constitucionales.

Luego de que la anunció el líder de los diputados morenistas, Ricardo Monreal, en reunión con la presidenta de su partido, Luisa María Alcalde, la presentó en tribuna del Senado el líder de Morena en la Cámara alta, Adán Augusto López, quien expuso que “esta iniciativa hace constar que las reformas o adiciones a la Constitución son la expresión más alta de la voluntad soberana del pueblo de México”.

Añadió que “el Poder Judicial de la Federación tiene a su cargo la defensa de la Constitución a través de la interpretación y aplicación de ésta, pero no su modificación”, precisó. Insistió en que las modificaciones constitucionales no deben estar sujetas a recursos como el amparo.

¿Qué modificaciones tendrá la reforma para anular amparos?

En la redacción de la iniciativa de reformas al artículo 103 se propone que “quedan exceptuadas de lo dispuesto en las fracciones anteriores las reformas y adiciones a esta Constitución, su forma, procedimiento y fondo, contra las que no cabe juicio o recurso al tribunal en ningún caso”.

En los artículos transitorios se ordena derogar “todas las disposiciones contrarias al contenido”, a partir de la entrada en vigor de este decreto. Anota que “los juicios, recursos y consultas en los que se haya cuestionado la validez de una adición o reforma a esta Constitución por su forma, procedimiento o fondo, y que a la fecha de entrada en vigor de este decreto se encuentren en trámite, se sujetarán de manera directa a lo que ésta dispone, quedarán sin materia y serán sobreseídos”.

Para confirmar la “supremacía constitucional” y neutralizar la lluvia de suspensiones judiciales en contra de la reforma al Poder Judicial, diputados y senadores de Morena y sus aliados del PT y PVEM presentaron una nueva iniciativa de reforma constitucional.

La propuesta, presentada en el Senado como cámara de origen, sugiere modificar los artículos 103, 105 y 107 de la Constitución, para establecer que no proceden los juicios de amparo ni los medios de control contra reformas constitucionales.

Luego de que la anunció el líder de los diputados morenistas, Ricardo Monreal, en reunión con la presidenta de su partido, Luisa María Alcalde, la presentó en tribuna del Senado el líder de Morena en la Cámara alta, Adán Augusto López, quien expuso que “esta iniciativa hace constar que las reformas o adiciones a la Constitución son la expresión más alta de la voluntad soberana del pueblo de México”.

Añadió que “el Poder Judicial de la Federación tiene a su cargo la defensa de la Constitución a través de la interpretación y aplicación de ésta, pero no su modificación”, precisó. Insistió en que las modificaciones constitucionales no deben estar sujetas a recursos como el amparo.

¿Qué modificaciones tendrá la reforma para anular amparos?

En la redacción de la iniciativa de reformas al artículo 103 se propone que “quedan exceptuadas de lo dispuesto en las fracciones anteriores las reformas y adiciones a esta Constitución, su forma, procedimiento y fondo, contra las que no cabe juicio o recurso al tribunal en ningún caso”.

En los artículos transitorios se ordena derogar “todas las disposiciones contrarias al contenido”, a partir de la entrada en vigor de este decreto. Anota que “los juicios, recursos y consultas en los que se haya cuestionado la validez de una adición o reforma a esta Constitución por su forma, procedimiento o fondo, y que a la fecha de entrada en vigor de este decreto se encuentren en trámite, se sujetarán de manera directa a lo que ésta dispone, quedarán sin materia y serán sobreseídos”.

Nota original aquí

Fuente: El Financiero

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