Senado aprueba la reforma para regular prestaciones para repartidores y conductores de apps
La reforma laboral a plataformas digitales regula la flexibilidad de horario para trabajar con una o varias empresas; y se prevén las disposiciones en materia de seguridad y salud.
El Senado de la República aprobó este jueves, por unanimidad, el dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo para establecer un régimen laboral especial para los repartidores y conductores que se empleen bajo la modalidad de plataformas digitales.
La propuesta, que fue aprobada con 113 votos, enviada por el Poder Ejecutivo, define al trabajo en plataformas digitales, los mecanismos que se emplean para laborar en este esquema, así como la naturaleza de la relación entre el empleador y empleado, tanto en derechos como en obligaciones de ambos.
En el dictamen “se establecen los derechos y obligaciones de las personas trabajadoras, contratos, derechos colectivos y los casos de indemnización; el derecho al reparto de utilidades, las sanciones para los administradores de plataformas cuando se violen las normas que protegen a sus trabajadores”.
También se fija el salario por tarea, servicio, obra o trabajo realizado, así como días de descanso, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
Además, se incluye un registro de las horas trabajadas, emisión de recibos de pagos, inscripción en el Régimen Obligatorio de Seguridad Social y aportaciones al Infonavit, lo que se traduce en accesos a créditos y derecho a la vivienda.
De la misma forma, regula la flexibilidad de horario para trabajar con una o varias empresas; y se prevén las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
¿Qué otros derechos laborales tendrán los trabajadores Uber y Didi?
De acuerdo con la reforma, las empresas como Uber, Didi y Rappi tendrán prohibido el cobro a las personas trabajadoras por la inscripción, uso, separación o conceptos similares, relacionados con la relación laboral; el trabajo de personas menores de edad; y la retención de dinero a las personas trabajadoras adicional a los conceptos establecidos en la Ley.
Además, prohíbe el encubrimiento o la simulación que busque desvirtuar el vínculo laboral mediante contratos de carácter civil, mercantil u otros; la prestación de servicios de puesta a disposición de personal propio o en beneficio de otra persona física o moral; así como manipular el ingreso de las personas trabajadoras para evitar su calificación como trabajadores subordinados de plataformas digitales.
La senadora Lizeth Sánchez, del Partido del Trabajo (PT), indicó que con el proyecto “se garantizan los derechos laborales de los trabajadores de las plataformas digitales, con lo que se reconoce que nadie debe ser explotado en nombre de la innovación tecnológica, porque todos los mexicanos merecen trabajar en condiciones dignas y justas”.
Fuente: El Financiero