lunes, febrero 24

Nueva Ley de transparencia tendrá en secreto más información

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Transparencia para el Pueblo sustituirá al Inai; no se refuerzan los castigos por ignorar a la dependencia encargada de la materia.

La nueva ley de transparencia propuesta por la titular del Ejecutivo contempla la creación de un órgano denominado Transparencia para el Pueblo, aumenta las causales para reservar información, pero no robustece las sanciones por incumplimiento.

De acuerdo con la iniciativa que llegó al Senado, el organismo denominado Transparencia para el Pueblo estaría encargado de resolver los recursos de inconformidad, los cuales anteriormente resolvía el Inai.

Se ordena la creación de juzgados y tribunales especializados en materia de transparencia, los cuales podrían tener acceso a información clasificada cuando “resulte indispensable”, y serían última instancia para estos recursos. Deberán formarse a 20 días de la entrada en vigor de la ley.

Los órganos internos de control de las dependencias serán los encargados de hacer cumplir las obligaciones de transparencia.

¿Qué otras medidas están implementadas en la nueva Ley de transparencia?

En 60 días tras la publicación de la ley se formará el Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública, el cual delineará toda la política transversal de transparencia.

Se formará un Consejo Nacional integrado por los titulares de la Secretaría Anticorrupción, la Agencia de Transformación Digital, el Archivo General de la Nación, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, el Instituto Nacional Electoral y la presidencia de cada comité de los subsistemas de transparencia.

En la iniciativa se añaden causales para la reserva de información, entre ellas que el daño de dar a conocer la información “sea mayor al interés público, siempre que esté directamente relacionado con procesos o procedimientos administrativos o judiciales que no hayan quedado firmes”.

Los estudios o proyectos “cuya divulgación pueda causar daños al interés del Estado o suponga un riesgo para su realización”.

La ley no incrementa las sanciones ni medidas de apremio, pues éstas se mantienen en amonestación pública y multa de 150 a mil 500 umas. De igual forma, no cambian los periodos de reserva, pues se mantiene hasta por cinco años, con la posibilidad de ampliarla por un periodo igual.

Se ordena la creación de un Comité de Transferencia, que estaría integrado por funcionarios del Inai, y fungirá como responsable de la entrega de los recursos y asuntos relacionados con la extinción del instituto.

Nota original aquí

Fuente: El Financiero

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