
Castigan ataque en Facebook contra una candidata en Valladolid
Por primera vez el Tribunal Electoral del Estado (TEEY) sancionó a una ciudadana por cometer violencia política en razón de género con un Procedimiento Especial Sancionador contra una ciudadana, y revocó un acuerdo para ordenar a la Unidad de lo Contencioso del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) hacer las diligencias idóneas y necesarias para dar curso a una denuncia contra la diputada federal panista Cecilia Patrón Laviada.
En sesión pública realizada ayer en el TEEY, se aprobó la sentencia de incluir a la ciudadana María de Jesús Santos Sabido en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia durante tres años por cometer violencia de género contra una mujer que aspiraba a una candidatura en Valladolid.
Lissette Guadalupe Cetz Canché, la presidenta del TEEY, planteó la existencia de violencia política en agravio de una pobladora — con datos personales protegidos— de Valladolid, de acuerdo con la documentación y pruebas presentadas.
Explicó que la conducta denunciada se registró a través de una página de Facebook y se basó en elementos de género, en razón de que las publicaciones y expresiones se dirigieron a la quejosa por ser mujer y le afectaron de manera desproporcional.
“Pues mediante la alusión a estereotipos de género se desnivela ante la ciudadanía su participación como aspirante a candidata a un cargo de elección popular, por el hecho de ser mujer y concebida como una persona inmoral”, precisó.
Violencia política a través de las redes sociales
La presidenta consideró que los comentarios vertidos en la página administrada por María Jesús Santos actualiza elementos constitutivos de violencia política en razón de género conforme a una jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), porque los mensajes fueron en el ejercicio de los derechos político electorales de la quejosa como aspirante a candidata a la diputación local del Distrito 19 por Morena en la pasada precampaña electoral local.
En un comunicado del TEEY se añade que la publicación que realizó un particular de manera simbólica y verbal tuvo por objeto menoscabar o anular el reconocimiento de los derechos político-electorales de la denunciante, se basa en elementos de género y se dirige a la denunciante por ser mujer.
La magistrada dijo que, a través de solicitudes hechas por el Instituto Nacional Electoral (INE) ante las empresas Meta Platforms Inc, AT&T Comercializadora Móvil S. de R.L. de C.V., y Radio Móvil Dipsa S.A. de C.V., se corroboró que los teléfonos y correo electrónico registrados para administrar la cuenta de Facebook donde se hicieron las expresiones pertenecen a María Jesús Santos.
Ante lo ya expuesto en la sentencia se ordenó a María Jesús Santos abstenerse de realizar acciones u omisiones que de manera directa o indirecta tengan por objeto o resultado, intimidar, molestar o causar un daño a la denunciante, y se dio vista al INE para que la incluya en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia durante tres años.
Desechan denuncia
Por otra parte, al revisar el Recurso de Revisión del Procedimiento Especial Sancionador, identificado con la clave RRV-PES-003/2024, interpuesto por el partido Morena en contra del acuerdo UTCE/SE/ES/003/2024 de la Unidad de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Iepac, en el cual desechó la denuncia presentada contra la diputada Cecilia Patrón Laviada, a quien acusaron de uso indebido de recursos y actos proselitistas en días y horas hábiles, se consideraron fundados los agravios de la parte quejosa al señalar la falta de exhaustividad en el estudio de la denuncia presentada.
Por ese motivo se revocó el acuerdo controvertido y se ordenó a la Unidad de los Contencioso que realice las diligencias que considere idóneas, necesarias y proporcionales, para que en su oportunidad el TEEY cuente con todos los elementos probatorios que permitan esclarecer la configuración o no de una infracción electoral.
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Fuente: Diario de Yucatán