jueves, noviembre 21

Corte desecha primera impugnación contra segunda parte del Plan B de Reforma Electoral

0
1343

Esta impugnación contra la segunda parte del Plan B de Reforma Electoral había sido promovida por el partido político local Hagamos

Javier Laynez Potisek, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desechó la primera impugnación contra la segunda parte del Plan B de Reforma Electoral.

La impugnación había sido promovida por Hagamos, partido político local en el estado de Jalisco, siendo hasta el momento la única demanda desechada por el ministro de la Suprema Corte.

En su explicación, el ministro Laynez Potisek aseveró que los partidos políticos que no cuenten con registro ante el Instituto Nacional Electoral (INE), como es el caso de Hagamos, no pueden impugnar estas normas.

“Se arriba a la conclusión de que existe un motivo manifiesto e indudable de improcedencia que conduce a desechar de plano la acción de inconstitucionalidad de que se trata”, indicó.

El promovente carece de legitimación activa para promover el presente medio de control constitucional”, se puntualizó.

El ministro Javier Laynez otorgó el pasado 24 de marzo una suspensión indefinida al llamado Plan B de reformas electorales del presidente López Obrador, luego de recibir una demanda del Instituto Nacional Electoral (INE).

Lo anterior contra el decreto que reforma, adiciona y deroga disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Laynez frenó así los cambios aprobados por el oficialismo en México a diversas leyes electorales, que fueron impugnadas al inicio de febrero pasado por el propio organismo electoral mexicano.

“El ministro instructor concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma”, señaló la SCJN en un comunicado.

De acuerdo con el INE, estas modificaciones electorales “crean condiciones que merman la autonomía del Instituto y su capacidad para ejercer las funciones que la Constitución le mandata, a la par que desequilibra el modelo de comunicación social y perjudica la equidad en la contienda”.

Fuentes: López Dóriga Digital.

Leave a reply