domingo, octubre 6

Declaran no prescrito un delito: juez federal anula una resolución por falsificación en Yucatán

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Un juez federal atrajo una antigua denuncia por falsificación de documentos en contra de la notaria pública número 17 del Estado, Ana Luisa López Pavón, relacionada con el conocido traficante de tierras ejidales Gabriel Guzmán Millet que, extrañamente, la jueza que conoció el caso en 2022 declaró prescrito el delito.

Ahora, de acuerdo con la sentencia emitida por el Juez Primero de Distrito, Adrián Fernando Novelo Pérez, el 30 de abril, en un juicio de amparo promovido por Saulo Méndez Puch, esa jueza, Diana Yadira Garrido Colonia, titular del Juzgado Segundo de Control del Primer Distrito, deberá dejar insubsistente su primera resolución y en su lugar emitir otra en la que considere que no ha prescrito la acción penal en contra de López Pavón por el delito de falsificación.

Esta medida podrá derivar también en un auto de vinculación a proceso contra la fedataria, como lo solicitaron la Fiscalía General del Estado y la defensa de Méndez Puch en su momento, pero que la jueza Garrido Colonia desestimó.

De aprobarse ese auto, éste sería el primer caso de un notario yucateco vinculado a proceso penal.

López Pavón fungió como secretaria de la directiva del desaparecido Consejo de Notarios en el periodo 2019-2021, cuyos principales dirigentes prometieron entonces que “cerrarían el paso” a la mafia de notarios y otras personas dedicados a falsificar documentos para apoderarse de casas y terrenos.

De acuerdo con la información judicial del caso, en poder de Central 9, la Unidad de Investigación Periodística de Grupo Megamedia, este asunto, que de nuevo saca a la luz la presunta corrupción de algunos notarios yucatecos, comenzó el 4 de mayo de 2021 cuando Méndez Puch y su esposa Juanita Pech Cano, propietarios de la parcela ejidal 47 Z-1P-2, hoy tablaje catastral 4187, en Seyé, con 39,700 metros cuadrados de superficie y ubicado en una zona de alta demanda entre constructores de bodegas industriales, decidieron vender su terreno.

Para eso acudieron con un notario, quien les advirtió de la imposibilidad de formalizar la operación debido a que ese predio había sido vendido el 24 de marzo de ese año, en esa misma notaría, por Guzmán Millet, gracias a un poder para actos de dominio otorgado a su favor por Méndez Puch y su esposa, el 15 de agosto de 2017, ante la fe pública de la notaria López Pavón.

Con ese documento Guzmán Millet, sobre quien pesan numerosos denuncias de fraude, “vendió” esa parcela a los hermanos Gerardo Iván y Mauricio Rubén Gutiérrez Domínguez, coludidos con él, en $534,864.

Documentos con mentiras
Pocos días después, Méndez Puch y su esposa acudieron a las oficinas de la licenciada López Pavón, en la colonia México Norte, acompañadas de una abogada, y le pidieron copia del supuesto poder que habían firmado.

La fedataria les respondió, según declaró luego Méndez Puch en la Fiscalía, que si querían las copias tenían que firmar un papel en donde reconocían que las firmas de su protocolo las habían puesto Saulo y su esposa, a lo que éstos se negaron y le dijeron que interpondrían una denuncia por este hecho, lo que ocurrió el 19 de mayo de 2021.

A raíz de esa denuncia, la Fiscalía abrió la carpeta de investigación P1/13/2022, y obtuvo un segundo testimonio del acta marcada con el número 445, del 15 de agosto de 2017, otorgada por la fedataria López Pavón, en la que se hace constar lo siguiente, señala la carpeta de investigación:
“Que Saulo Méndez Puch y su esposa Juanita Pech Cano, dan, otorgan y confieren a favor del señor Gabriel Guzmán Millet un Poder General Limitado, con las siguientes facultades: (…) poder para actos de dominio quedando facultado para celebrar toda clase de contratos, convenios de riguroso dominio, vender, donar, comprar, arrendar, hipotecar, cancelar hipotecas, celebrar convenios transaccionales con limitación. El mandato antes conferido podrá ser ejercido por el apoderado única y exclusivamente respecto a la parcela 47 Z-1P-2, así como de los predios resultantes de su división”.

En dicho poder, López Pavón asentó en el acta: “yo notario hago constar que di cumplimiento a lo dispuesto en la Ley del Notariado en vigor y habiendo leído en voz alta esta escritura, los comparecientes (Méndez Puch y su esposa), manifestaron quedar entendidos y conformes en su tenor, firmando ante mí, para constancia, doy fe.”

Esto asentó la notaria, pese a que se trata evidentemente de una mentira, porque el matrimonio Méndez-Pech nunca compareció ante ella, como se demostraría después.

Además de obtener el texto original del poder otorgado a Guzmán Millet, la Fiscalía ordenó una inspección técnica ocular en la notaría pública 17, donde el perito en grafoscopía y documentoscopía de esa dependencia, Jafar Alí Quintal Euroza, realizó dos dictámenes sobre el acta en la que aparece el poder notarial, ambos del 11 de noviembre de 2021.

Peritaje
Estos dictámenes periciales concluyen que las firmas, cuya veracidad fue cuestionada, “no corresponden a las de los denunciantes Méndez Puch y Pech Cano, por lo que dicho poder notarial es falso en cuanto a las firmas y, por lo tanto, derivado de ello, a su contenido”.

Con estos resultados, el Ministerio Público solicitó la vinculación a proceso de la notaria López Pavón, pero la jueza Garrido Colonia, en forma sorpresiva, no le otorgó valor a la pericial en grafoscopía realizada por el perito de la Fiscalía, pese a que es la prueba clave con métodos científicos con la que se acredita la falsedad del documento.

En su lugar, la jueza le otorgó valor a los peritajes ofrecidos por la defensa de López Pavón, aunque el argumento central de la jueza Garrido Colonia para no vincularla a proceso, como pedía el Ministerio Público y la defensa de los agraviados, fue que el delito de falsificación cometido por la fedataria ya había prescrito. El poder notarial a favor de Guzmán Millet se firmó el 15 de agosto de 2015 y Méndez Puch y su esposa presentaron la denuncia hasta el 19 de mayo de 2021, cuando la ley prevé un periodo de tres años desde que se conoce la comisión de un delito para declarar su prescripción.

La jueza Garrido Colonia apoyó la idea de la prescripción, basándose inexplicablemente en datos equivocados, como se lo demostró el juez de Distrito Novelo Pérez en su sentencia de amparo. Continuará…

Nota original aquí

Fuente: Diario de Yucatán

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