Desecha el TEEY una denuncia electoral contra tres funcionarios
El tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) calificó ayer de improcedente el recurso que presentó la ciudadana María Eugenia Núñez Zapata en contra de la resolución del Consejo Electoral General del Estado, que desechó su queja contra un ex funcionario estatal, un diputado federal y un servidor público federal en relación a presuntas campañas anticipadas.
El pasado 24 de julio pasado, María Eugenia Núñez presentó una denuncia ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) en contra de Liborio Vidal Aguilar, entonces Secretario General de Educación del Estado, así como al diputado federal Rommel Pacheco Marruf y Rogerio Castro Vázquez, secretario general del Infonavit.
La denuncia fue presentada por supuestos actos anticipados de precampaña y campaña; la difusión de propaganda personalizada (en anuncios, bardas, espectaculares); uso indebido de recursos públicos; y, en lo general, la transgresión a los principios constitucionales de legalidad y equidad en la contienda, con la finalidad de posicionar su imagen y nombre.
Como parte de esta denuncian en el Iepac,Núñez Zapata solicitó el ejercicio de la Función de Oficialía Electoral, figura que verifica y certifica que no se pierdan o alteren los indicios o elementos relacionados con las presuntas infracciones a la legislación electoral.
Resolución de una queja
Sin embargo, el 10 de agosto pasado se declaró la improcedencia de la petición de ejercicio de la función de Oficialía Electoral, porque sólo puede ser solicitada por los candidatos, partidos políticos y candidatos independientes por sí, o a través de sus representantes legítimos.
No se encontró documento alguno en los archivos del Iepac, que acredite a la quejosa, personalidad jurídica para pedir la Oficialía Electoral.
Se informó que, al estudiar el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC) de la ciudadana identificado como el expediente 018/2023, el Tribunal Electoral confirmó que es correcto el acuerdo de Oficialía Electoral 19/2023 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), en el que se declaró como improcedente la solicitud de María Eugenia sobre su queja.
En la sesión del Pleno del TEEY, el lunes, la magistrada presidenta Lissette Guadalupez Cetz Canché, quien estuvo a cargo del proyecto de resolución, reconició que la ciudadana impugnó el acuerdo antes mencionado ante este órgano jurisdiccional, argumentando que existe una indebida fundamentación y motivación por parte de la autoridad electoral.
Se reiteró además los requisitos para solicitar la Función de Oficialía Electoral, descrita líneas arriba.
Por tal razón, la magistrada Cetz Canché propuso y se aprobó declarar infundado el agravio que reclama la ciudadana y confirmar el acuerdo en el que se dictaminó la improcedencia de la petición de Oficialía Electoral 019/2023, ya que contrario a lo que ella alega, la autoridad responsable sí fundó y motivó correctamente dicho acuerdo.
Fuente: Diario de Yucatán/David Domínguez Massa