domingo, noviembre 10

INE aprueba polémico acuerdo: ¿Afectará candidaturas a gobernador de Yucatán?

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En el segundo intento, por unanimidad en lo general y por mayoría en lo particular, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el polémico acuerdo de paridad sustantiva, con el cual en 5 de las nueve gubernaturas que estarán en juego en 2024 los partidos y alianzas deberán definir candidatas mujeres, entre otras disposiciones, aunque algunos partidos, como el PAN, dejaron entrever que lo impugnarán.

Con este acuerdo, Yucatán, Jalisco y Ciudad de México integran el primer bloque de los que deberán reportar al INE cómo aplicarán la competitividad en sus postulaciones, si irán con candidatas o candidatos, a más tardar el próximo sábado 4 de noviembre.

¿Acuerdo del INE afectará candidaturas a gobernador de Yucatán?

La decisión del instituto electoral no afectaría la postulación de Renán Barrera Concha como candidato del PAN a gobernador, pues ese organismo ya tiene definidos un hombre (el actual alcalde de Mérida) y una mujer (en el caso de Guanajuato) para estados donde son considerados “competitivos”, es decir, que tienen buenas posibilidades de ganar.

Por el contrario, en el caso de Joaquín Díaz Mena, quien es considerado el más probable candidato de Morena a gobernador de Yucatán, aún no es seguro, pues ese partido todavía no define sus candidaturas.

Este martes el acuerdo del INE se aprobó en apenas 59 minutos, a diferencia de la sesión de la semana pasada en la que intentaron por primera vez aprobarlo, pero tras una “confusión” terminaron por rechazarlo.

Ante el señalamiento de un consejero acerca de que el acuerdo no había pasado ni fue aprobado por comisiones unidas, como el primero que se sometió a votación, Rita Bell López Vences, consejera general, precisó que es cierto, pero “es un proyecto que retoma el anterior y se presenta aunque ya se hable de posibles impugnaciones”.

Oposición del PAN al acuerdo del INE

La representante del PAN insistió en la sesión en que están a favor de la paridad, están convencidos de que debe haber participación igualitaria, pero no consideran que el INE tenga las facultades para obligar a los partidos a poner determinadas candidatas o candidatos, por tanto se retirarán del convenio.

Por el contrario, los representantes de Morena y el PVEM se manifestaron a favor y anticiparon que no impugnarían el acuerdo.

Entre los principales puntos de este acuerdo se establece que:

Previo a la emisión de las convocatorias para los procesos internos de selección de candidaturas a gubernaturas, los PPN (Partidos Políticos Nacionales) deberán definir, en el contexto de los procesos electorales locales a llevarse al cabo, en qué entidades postularán candidaturas de mujeres y hombres, garantizando que ninguno de los géneros sea postulado solo en entidades de baja competitividad.

Determinando cuáles y cuántas convocatorias serán exclusivamente para mujeres, así como los criterios de competitividad con los que garantizarán la paridad sustantiva, los PPN deberán postular al menos cinco mujeres en las nueve entidades donde se elige gubernatura y jefatura de Gobierno de Ciudad de México.

Todo lo anterior debe informarse por escrito al INE, por parte de los PPN, al menos un día antes del inicio del periodo de precampañas, ello en atención a fecha de inicio señalada en el cuadro plasmado en la consideración 10 del acuerdo.

¿Cuándo deben informar el método en el caso de Yucatán?

(En el caso de Yucatán las precampañas empiezan el próximo domingo 5 de noviembre, por tanto un día antes los partidos y posibles alianzas deberán informar lo que corresponda al INE).

El escrito deberá encontrarse signado por la presidencia del Comité Ejecutivo Nacional u órgano equivalente del PPN, acreditado ante la DEPPP (Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos) o por la representación del mismo ante el Consejo General de este Instituto y deberá acompañarse de la documentación que acredite el cumplimiento al procedimiento estatutario relativo.

Se advierte que, en caso de que en la revisión resulte que el partido político no acompañó la información y documentación que permita verificar el cumplimiento al procedimiento estatutario aplicable, se le realizará un requerimiento para que en un plazo de tres días a partir de la notificación remita la documentación o información omitida.

Fuentes: Diario de Yucatán.

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