jueves, septiembre 19

Ley Antitabaco: El CCE considera ilegal el nuevo reglamento

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El Consejo Coordinador Empresarial de Yucatán calificó de ilegal la nueva normativa de la llamada ‘Ley Antitabaco’, y excesiva la decisión que prohíbe la exhibición de un producto que es legal

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) de Yucatán se pronunció contra el nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, al cual calificó de ilegal e infundado.

“Consideramos excesiva la decisión, que impide la exhibición de un producto que es legal”, subrayó Jorge Abel Charruf Cáceres, presidente del máximo órgano empresarial yucateco, quien señaló que las nuevas medidas causan severos daños económicos a restaurantes, hoteles y otros establecimientos que generan miles de empleos.

Además, apuntó, se genera un precedente muy peligroso y una amenaza para el comercio en el país, ya que este tipo de acciones se podrían replicar en otros productos.

Jorge Charruf, también presidente en Yucatán de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación, se refirió el nuevo reglamento, que ya entró en vigor, en los siguientes términos

—Compartimos con las autoridades la necesidad de crear mecanismos para difundir información relacionada con todos los productos que se fabrican y comercializan en el país.

—Al igual que la autoridad, consideramos indispensable la máxima difusión de los riesgos y daños que puede producir el acto de fumar y participamos de manera directa en todos los esfuerzos para promover acciones y políticas públicas que fomenten el cuidado de la salud.

Con categoría de ilegal

—Sin embargo, consideramos excesiva la decisión reglamentada en la Ley General para el Control del Tabaco, que impide la exhibición de un producto que es legal.

—Prohibir la exhibición comercial es, prácticamente, darle la categoría de ilegal al tabaco, que es precisamente lo que ocasiona el recién publicado reglamento.

—Es incorrecto tratar como ilegal un producto legal. Obligar a ocultarlo lo convierte en clandestino, aun cuando no está prohibido por la ley y se le reconoce como un artículo comercializable.

—La propuesta, discusión, aprobación y publicación de las reformas, adiciones y derogaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco no cumplió con el debido proceso establecido por ley.

—Con la publicación de este reglamento, la Secretaría de Salud, por encima de sus facultades, asume funciones que corresponden al Poder Legislativo.

—Resultado de esta acción es que, con un actuar sin precedente, se oculta un producto legal al público por mera disposición oficial, sin mediar un proceso legislativo.

El reglamento de la ‘Ley Antitabaco’, amenaza al comercio en México

—El hecho de disponer que se oculte un producto legal para su venta, y que esto se permita, se convierte en una seria amenaza para el comercio en el país, al poderse replicar la acción contra cualquier otro producto existente en el mercado. Es un precedente muy peligroso.

—Esto crea incertidumbre total en los mercados mexicanos que se consideraban correctamente reglamentados, afectando de manera importante las inversiones futuras, la libertad de comercio, la libertad de elección del consumidor e, incluso, el empleo de miles de personas en el país.

—Estos cambios repentinos en el reglamento, además, prohíben la prestación de cualquier servicio de alimentos, bebidas y entretenimiento, así como su consumo, dentro de las zonas o secciones destinadas a las personas fumadoras, afectando seriamente los ingresos y operación de todo tipo de centros de consumo como restaurantes, hoteles, casinos y salones de eventos sociales, entre otros, sin ignorar las inversiones que estos centros de consumo tuvieron que realizar en adecuaciones físicas a sus establecimientos para contar con “zonas para fumadores”, en cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco del año 2009.

—Desde el sector empresarial nuevamente hacemos un llamado al diálogo, al consenso y al respeto sin excepción a nuestra Constitución.

—Llamamos a las autoridades a respetar el Estado de Derecho, una condición indispensable para que la iniciativa privada pueda continuar esforzándose en crear más y mejores empleos para participar de manera directa en elevar la calidad de vida de mexicanas y mexicanos.

¿Qué dice el reglamento de la Ley de Control del Tabaco?

La Secretaría de Salud informó que las dos principales disposiciones son la prohibición total de toda forma de publicidad y promoción de productos de tabaco, incluida su exhibición en los puntos de venta, y la ampliación de la protección frente al humo y las emisiones de cualquier producto de tabaco y nicotina.

«En cuanto a la ampliación de espacios cien por ciento libres de humo y emisiones, en los que queda prohibido consumir cualquier producto de tabaco o nicotina, se dispondrá de un manual de identidad gráfica con las nuevas señalizaciones, así como para las zonas exclusivamente para fumar, las cuales a partir de hoy deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre», abundó Carlos Gámez Espinoza, director de la Oficina para el Control del Tabaco de Conadic.

Desde la entrada en vigor del nuevo reglamento de la llamada ‘Ley Antitabaco’ no se permite fumar en espacios como:

Mercados
Canchas deportivas
Centros de trabajo
Transporte público
Escuelas
Sedes donde se realizan espectáculos
Paraderos del transporte público
Hoteles.
Estadios
Plazas comerciales
Playas, parques o lugares donde se encuentren niñas, niños y adolescentes, así como en los que estén marcados con la leyenda “Espacio libre de humo”.
Restaurantes no podrán ofrecer área para fumar

Fuente: Diario de Yucatán

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