Inicio Destacado“Pedir ayuda no es traición”: Lilly Téllez reabre debate sobre intervención y soberanía

“Pedir ayuda no es traición”: Lilly Téllez reabre debate sobre intervención y soberanía

La senadora panista Lilly Téllez defendió en medios estadounidenses que la “ayuda” de Estados Unidos para combatir a los cárteles en México es “absolutamente bienvenida”, declaración que desató críticas de integrantes de Morena, quienes la acusaron de promover una intervención extranjera y de “traicionar a la patria”.

por Luis Carmona
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Por Luis Carmona.

La discusión ocurre días después de nuevas apariciones de la legisladora en Fox News y en medio de un intercambio de señalamientos con la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde.

En entrevistas y mensajes difundidos en redes, Téllez sostuvo que sus expresiones aluden a cooperación legal y no a una injerencia unilateral, y apuntó que la verdadera traición sería “proteger a criminales”. La senadora reiteró que solicitar apoyo internacional con consentimiento del Estado mexicano no vulnera la soberanía.

El antecedente inmediato de esta controversia se remonta a febrero, cuando el Senado de la República autorizó el ingreso temporal de 10 elementos del Ejército de Estados Unidos para capacitar a personal de la Secretaría de Marina; la medida fue presentada como un ejercicio de adiestramiento acordado entre gobiernos y con sustento constitucional. Téllez respaldó entonces la aprobación.

Desde el oficialismo, las reacciones escalaron. La secretaria Alcalde acusó a Téllez de “capaz de traicionar a la patria” por “pedir que se intervenga en nuestro país”, lo que encendió un debate jurídico y político sobre los límites entre cooperación y violación a la soberanía. La funcionaria fue cuestionada sobre eventuales acciones legales; por ahora no se han anunciado procedimientos formales.

En el plano legal, especialistas recuerdan que la Constitución y el Código Penal Federal sostienen el principio de no intervención y tipifican la traición a la patria para supuestos como someter a México a gobiernos o fuerzas extranjeras. El artículo 123 del Código Penal prevé penas de 5 a 40 años de prisión para quien realice actos contra la independencia o soberanía con la finalidad de someter a la nación, o solicite la intervención de un Estado extranjero para invadir o alterar el orden constitucional. Estas disposiciones coexisten con facultades del Senado para autorizar el paso o presencia temporal de personal militar extranjero, siempre a petición y con consentimiento del Estado mexicano, lo cual enmarca ejercicios de capacitación como el reciente.

La discusión alcanzó la arena parlamentaria con interrogantes sobre un posible desafuero. De acuerdo con la Constitución, senadoras y senadores son inviolables por sus opiniones, y para procesarlos por delitos graves se requiere una Declaración de Procedencia votada por la Cámara de Diputados tras la presentación de una denuncia y pruebas. En ausencia de actos que configuren un llamado efectivo a una intervención unilateral o a someter al país, juristas consultados consideran que las declaraciones, por sí solas, no encuadran en el tipo penal ni motivan un proceso de desafuero.

Mientras el tema se politiza, la frontera entre “ayuda” e “intervención” sigue siendo el eje del debate: para la oposición, la cooperación bilateral es una herramienta legítima frente al crimen organizado; para el gobierno, los llamados de Téllez cruzan una línea discursiva que erosiona la soberanía. En la práctica, las operaciones de adiestramiento pactadas y acotadas legalmente han continuado como parte de la agenda bilateral en seguridad.

Aunque la senadora Lilly Téllez ha generado polémica por sus declaraciones en foros internacionales y en cadenas extranjeras como Fox News, especialistas en derecho constitucional y penal coinciden en que dichas expresiones no pueden catalogarse jurídicamente como traición a la patria. El Código Penal Federal, en sus artículos 123 a 128, establece que este delito se configura únicamente cuando un ciudadano mexicano solicita explícitamente la intervención de un Estado extranjero en los asuntos internos de México o cuando colabora con fuerzas enemigas para vulnerar la soberanía nacional. En el caso de Téllez, no existe hasta el momento una solicitud formal ni comprobable para que un gobierno extranjero intervenga en el país, por lo que sus declaraciones se enmarcan en el ejercicio de la libertad de expresión y opinión política, aun cuando resulten incómodas o controvertidas en el debate público.

En conclusión, las declaraciones más recientes de Lilly Téllez en la cadena Fox News, donde señaló que la ayuda de Estados Unidos es “absolutamente bienvenida”, no constituyen jurídicamente un acto de traición a la patria. Conforme a la Constitución y al Código Penal Federal, la traición se configura únicamente cuando existe una solicitud de intervención extranjera para someter o invadir a México sin el consentimiento del Estado. En este caso, al tratarse de un planteamiento de cooperación bajo un marco legal y con la eventual autorización del Senado, se trata más de un debate político y de interpretación discursiva que de un delito.

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