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Senado aprueba reforma que permite anular elecciones por intervención extranjera

La Cámara Alta avaló la reforma constitucional para anular elecciones por intervención o injerencia extranjera.

por Luis Carmona
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El Senado de la República aprobó, con 85 votos a favor y 42 en contra, la reforma constitucional para anular elecciones por intervención o injerencia extranjera.

Se trata de un proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso a la base VI del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que alcanzó la mayoría calificada para su aprobación.

En lo particular, senadores del PAN, PRI y MC presentaron diversas reservas para modificar el dictamen, pero no fueron aceptadas por la Asamblea, por lo que el documento fue aprobado en sus términos.

En el dictamen se destaca que el artículo 41 vigente establece las causales de nulidad vinculadas con el exceso de gasto de campaña, la adquisición indebida de cobertura informativa en radio y televisión, y el uso de recursos públicos o de procedencia ilícita, pero no prevé de manera expresa actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales como causal directa de nulidad electoral.

La necesidad de la reforma -se agrega en el documento-, radica en que las causales actualmente previstas fueron diseñadas para proteger la equidad de la contienda frente a conductas internas, principalmente vinculadas con gasto, cobertura mediática y uso indebido de recursos.

Sin embargo, las nuevas formas de intervención o injerencia extranjera pueden operar mediante mecanismos distintos, como la manipulación digital, el financiamiento opaco, los ciberataques o las campañas coordinadas de desinformación.

En la presentación del dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Óscar Cantón Zetina, dijo que el proyecto “tiene un propósito superior, profundamente democrático y patriótico, porque se trata de garantizar que en México las decisiones las tome el pueblo, sin presiones, sin dinero extranjero, sin campañas de manipulación, sin intereses externos disfrazados de asociación civil, de opinión pública o de supuesta democracia”.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, aseguró que la nueva causal de nulidad no es automática ni discrecional, y por eso para que proceda deberá acreditarse objetivamente la existencia de actos de intervención o injerencia extranjera, así como la gravedad y el dolo de estas prácticas; además, se tiene que probar la determinación respecto de los resultados electorales.

Una vez que el dictamen fue aprobado por el Senado de ka República, en lo general y en lo particular, el dictamen fue enviado a los congresos de las entidades federativas para los efectos del artículo 135 constitucional.

Fuentes: López Dóriga Digital.

Nota original aquí.

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