La aprobación ocurrió por unanimidad de 97 votos, a raíz de la agresión que sufrió la presidenta Claudia Sheinbaum en las inmediaciones del Zócalo capitalino.
El dictamen homologa el delito de abuso sexual en todo México y establece que se perseguirá de oficio.
Asimismo amplía la descripción de abuso sexual a:
Si una persona sin consentimiento de la víctima y sin intención de llegar a la cópula, en los ámbitos público o privado, realiza tocamientos, caricias o roces en el cuerpo de la víctima, le obliga a observar un acto sexual o a mostrar su propio cuerpo.”
Con la reforma también se establece que el consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima, de acuerdo con lo reconocido en los estándares internacionales sobre violencia sexual.
Cambian sanciones por abuso sexual en México
- La reforma avalada por el Senado establece que las sanciones por abuso sexual serán:
- de 3 a 7 años de cárcel multa de 200 a 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)
Además, quienes incurran en el delito deberán acudir a talleres reeducativos con perspectivas de género y no violencia contra las mujeres, y/o prestar servicio social en favor del Estado o instituciones de beneficencia pública y promover un cambio cultural a favor de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
Las penas aumentarán a entre 4 y 9.3 años de cárcel si el abuso sexual se comete bajo las siguientes agravantes:
- Con violencia física, psicológica o moral
- Se cometa por dos o más personas
- En un lugar despoblado, solitario o poco accesible
- Cuando exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de confianza, sentimental, de parentesco por consanguinidad o afinidad, laboral, educativa, docente, de formación deportiva, artística o religiosa
- Cuando se realice por persona servidora pública aprovechando su empleo, cargo o comisión
- Cuando se realice por ministro de culto aprovechando su cargo, función o comisión
- Cuando la víctima se encuentre bajo los efectos de alcohol, fármacos, narcóticos u otras sustancias que afecten su voluntad o discernimiento
- Cuando la víctima se encuentre en estado de embarazo o puerperio.
- El dictamen de reforma fue enviado a la Cámara de Diputados para el trámite correspondiente.
Fuente: López-Dóriga Digital
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