martes, noviembre 26

¿Cómo se tramita la incapacidad por maternidad en el IMSS y cuántos días por Ley te corresponden?

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Esto es todo lo que debes de saber sobre el pago y los días de incapacidad que te corresponden por maternidad en el IMSS.

¿Serás madre dentro de poco tiempo? Las mujeres embarazadas afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que se encuentren laborando, tienen derecho a un periodo de descanso pagado durante y después del embarazo.

La maternidad y el trabajo son factores determinantes para toda mujer, no sólo durante la gestación, sino también después del parto. Los primeros meses de vida de los hijos son primordiales tanto para su desarrollo, como para la relación y vínculo de madre e hijo.

Para tener derecho a los días de descanso otorgados por el IMSS, el parto deberá ocurrir a partir de la semana 23, considerando producto vivo o muerto.

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La expedición del certificado único de incapacidad por maternidad del IMSS, corresponde a 84 días (naturales), el cual contempla tanto el periodo prenatal y como el de posparto. Las aseguradas tendrán derecho a un subsidio en dinero igual al 100% del último salario diario de cotización.

El pago de incapacidad por maternidad se calcula con base en el total del último salario registrado ante el IMSS a la fecha de certificación y se pagará en una sola exhibición por los 84 días que ampare el certificado único de incapacidad por maternidad.

Requisitos para tramitar la incapacidad por maternidad

Para acceder a la incapacidad por maternidad del IMSS, será necesario cubrir los siguientes requisitos y seguir los pasos correspondientes.

  • Cubrir por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago de incapacidad
  • Certificación del embarazo por el IMSS y la fecha probable del parto
  • No realizar ningún tipo de trabajo remunerado durante los períodos de descanso anteriores y posteriores al parto.

Documentos solicitados por el IMSS para la incapacidad por maternidad

  • Identificación oficial vigente con fotografía (INE, pasaporte vigente, cédula profesional)
  • Documento oficial que muestre tu Número de Seguridad Social.
  • Ultrasonido reciente con una antigüedad no mayor a 5 semanas, firmado por el médico particular, junto con el número de su cédula profesional (sólo para los casos donde se es atendida con un médico externo).

¿Cuántas citas debes tener para la incapacidad por maternidad en el IMSS?

  • Si decides atender la evolución de tu embarazo con un médico particular
  • Deberás presentarte con tu médico familiar del IMSS y cumplir al menos con una cita en cualquier día dentro de la semana 34 de gestación dictaminado por tu médico externo.

Tu médico familiar certificará tu embarazo y te expedirá tu certificado único de incapacidad por maternidad.

Si decides atender la evolución de tu embarazo en el IMSS

  • Deberás acudir a tu clínica familiar, en cuanto sospeches que estás embarazada, y así puedas certificar tu embarazo y empieces a llevar un control prenatal adecuado.

Transferencia de semanas: ¿Cómo se cuentan los 84 días de incapacidad por maternidad?

Si deseas intercambiar las semanas de descanso a fin de pasar más tiempo con tu bebé, puedes solicitar la transferencia de semanas por incapacidad. La madre cuenta con la posibilidad de transferir de 1 a 4 semanas del periodo prenatal al postnatal. En ningún caso se otorgarán menos de 84 días, para solicitar la transferencia

  • Llenar la solicitud de transferencia del IMSS. Dicha solicitud debe reflejar el consentimiento del patrón (o de los patrones), así como la autorización del médico institucional.
  • La solicitud de transferencia de semanas debe ser llenada en 2 originales que se completarán a mano, en la cual se manifestará si se autoriza o no dicha transferencia.
  • Uno de los originales se integrará al expediente clínico de la madre y el segundo original será entregado a la solicitante.

Fuente: El Financiero

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