miércoles, octubre 9

¿Una reforma a la reforma al Poder Judicial?: Estos errores cometió Morena al aprobarla en fast track

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La contradicción en la reforma al Poder Judicial aprobada por Morena y aliados es en uno de los puntos más polémicos, la elección de ministros de la Suprema Corte.

Morena admitió que hay una serie de errores en la reforma al Poder Judicial, que entró en vigor el pasado 15 de septiembre, y que ya trabajan para corregir los contenidos de esta y con ello modificar la iniciativa lanzada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.

El coordinador de la bancada de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, dijo que “vamos a resolver pronto” las contradicciones que presentan los artículos 94 y 97.

El objetivo de Monreal para enmendar el error de la reforma al Poder Judicial es hacer una nueva reforma constitucional para aclarar. “Se va a hacer, está en estudio. Lo estamos viendo en un grupo de trabajo, porque todo este tipo de cosas que surgen de la aplicación de este mecanismo nuevo se están resolviendo”, dijo.

La aplicación de la reforma al Poder Judicial tendría contradicciones en torno al tema de la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), uno de sus puntos más polémicos y por el cual la oposición, así como trabajadores del Poder Judicial, pidieron ampliar el diálogo.

¿Cuál es el error que cometió Morena en la reforma al Poder Judicial?

En la reforma al Poder Judicial existe una contradicción en los artículos 94 y 97 en torno a la elección de la o él ministro presidente de la Suprema Corte, tanto en el periodo en el cargo como en el proceso de elección.

El artículo 94 de la reforma al Poder Judicial dice: “La Suprema Corte se compondrá de nueve integrantes, ministras y ministros, y funcionará en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.”

El artículo 97 de la reforma al Poder Judicial dice: “Cada cuatro años, el pleno elegirá entre sus miembros al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior.”

Tomando los artículos como referencia, hay una contradicción debido a que la o él ministro presidente de la Suprema Corte durará dos y cuatro años, según cada artículo, además de que en un caso será seleccionado debido a la cantidad de votos que tuvo en la elección y en el otro serán las y los ministros quienes elijan a quien lidere la Corte.

Fuente: El Financiero

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